Documenta Catholica Omnia
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Index Verborum:     temporales


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Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos a un Religioso para Alcanzar la Perfecion

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos copiados por Magdalena del Espiritu Santo

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos por la Madre Maria de Jesus

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos procedentes de Antequera

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos recogidos por la edicion de Gerona

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Cantico Espiritual A

§ 3.4

Y en éste dice que no cogerá las flores que encontrare en este camino, por las cuales entiende todos los gustos y contentamientos y deleites que se le pueden ofrecer en esta vida, que le podrían impedir el camino si cogerlos o admitirlos quisiese, los cuales son en tres maneras: temporales, sensuales y espirituales.

§ 3.4

Esto dice por tomar el consejo que da el profeta David (Sal. 61, 11) a los que van por este camino, diciendo: Divitiae si affluant, nolite cor apponere, esto es: Si se ofrecieren abundantes riquezas, no queráis aplicar a ellas el corazón; lo cual entiende así de los gustos sensuales como de los demás bienes temporales y consuelos espirituales.

§ 3.4

Donde es de notar que no sólo los bienes temporales y deleites corporales impiden y contradicen el camino de Dios, mas también los consuelos y deleites espirituales, si se tienen con propiedad o se buscan, impiden el camino de la cruz del Esposo Cristo.

§ 14.4

Está este lecho del alma enlazado de estas virtudes, porque en este estado de tal manera están trabadas entre sí y fortalecidas unas con otras y unidas en una acabada perfección del alma, que no queda parte, no sólo para que el demonio pueda entrar, mas también está amparada para que ninguna cosa del mundo, alta ni baja, la pueda inquietar ni molestar ni mover; porque, estando ya libre de toda molestia de las pasiones naturales y ajena y desnuda de la tormenta y variedad de las cosas temporales, goza en seguro de la participación de Dios.

§ 28.6

Y no trato aquí de otros temores temporales o naturales, porque tener los tales temores no es de gente espiritual, mas tener los espirituales temores ya dichos es propiedad de espirituales.

§ 36.6

Lo que nace en el alma de aquel aspirar del aire es el canto de la dulce filomena, porque así como el canto de la filomena, que es el ruiseñor, se oye en la primavera, pasados ya los fríos y lluvias del invierno, y hace melodía al oído y al espíritu recreación, así en esta actual comunicación y transformación de amor, amparada ya la esposa y libre de todas las turbaciones y variedades temporales, y desnuda y purgada de las imperfecciones y penalidades y nieblas naturales, siente nueva primavera en su espíritu, en el cual siente la dulce voz del Esposo, que es su dulce filomena, la cual refrigera y renueva la sustancia de su alma, diciendo (Ct. 2, 10­12): Levántate, date priesa, amiga mía, paloma mía, hermosa mía y ven; porque ya ha pasado el invierno, las lluvias se han ya ido y apartado lejos, las flores han parecido ya en nuestra tierra, y llegado al tiempo del podar, y la voz de la tortolica se ha oído en nuestra tierra.

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Cantico espiritual B

§ 3.5

Y en éste dice que no cogerá las flores que encontrare en este camino, por las cuales entiende todos los gustos y contentamientos y deleites que se le pueden ofrecer en esta vida, que le podrían impedir el camino si cogerlos y admitirlos quisiese, los cuales son en tres maneras: temporales, sensuales, espirituales.

§ 3.5

Lo cual entiende así de los gustos sensuales como de los más bienes temporales y consuelos espirituales.

§ 3.5

Donde es de notar que no sólo los bienes temporales y deleites corporales impiden y contradicen el camino de Dios, mas también los consuelos y deleites espirituales, si se tienen con propiedad o se buscan, impiden el camino de la cruz del Esposo Cristo.

§ 19.9

Y no trato aquí de otros temores temporales o naturales, porque tener los tales temores no es de gente espiritual; mas tener los espirituales temores ya dichos es propiedad de espirituales.

§ 22.5

Dice también que está enlazado el lecho de estas cuevas de las virtudes; porque en este estado de tal manera están trabadas entre sí las virtudes, y unidas y fortalecidas entre sí unas con otras, y ajustadas en una acabada perfección del alma, sustentándose unas con otras, que no queda parte abierta ni flaca, no sólo para que el demonio pueda entrar, pero ni aun para que ninguna cosa del mundo, alta ni baja, la pueda inquietar ni molestar ni aun mover; porque, estando ya libre de toda molestia de las pasiones naturales y ajena y desnuda de la tormenta y variedad de los cuidados temporales, como aquí lo está, goza en seguridad y quietud la participación de Dios.

§ 30.9

Mucho hay aquí que notar y mucho de qué se doler, ver cuán fuera está de hacer lo que es obligada el alma que no está ilustrada con el amor de Dios; porque estando ella obligada a conocer estas y otras innumerables mercedes, así temporales como espirituales, que de él ha recibido y a cada paso recibe, y a adorar y servir con todas sus potencias a Dios sin cesar por ellas, no sólo no lo hace, más ni aun mirarlo y conocerlo merece, ni caer en la cuenta de tal cosa; que hasta aquí llega la miseria de los que viven o, por mejor decir, están muertos en pecado.

§ 37.8

Porque así como el canto de la filomena, que es el ruiseñor, se oye en la primavera, pasados ya los fríos, lluvias y variedades del invierno, y hace melodía al oído y al espíritu recreación, así en esta actual comunicación y transformación de amor que tiene ya la Esposa en esta vida, amparada ya y libre de todas las turbaciones y variedades temporales, y desnuda y purgada de las imperfecciones, penalidades y nieblas, así del sentido como del espíritu, siente nueva primavera en libertad y anchura y alegría de espíritu.

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Cantico espiritual CA

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Cautelas

§ 7.

La segunda cautela contra el mundo es acerca de los bienes temporales; en lo cual es menester, para librarse de veras de los daños de este género y templar la demasía del apetito, aborrecer toda manera de poseer y ningún cuidado le dejes tener acerca de ello: no de comida, no de vestido ni de otra cosa criada, ni del día de mañana, empleando ese cuidado en otra cosa más alta, que es en buscar el reino de Dios, esto es, en no faltar a Dios; que lo demás, como Su Majestad dice, nos será añadido (Mt. 6, 33), pues no ha de olvidarse de ti el que tiene cuidado de las bestias.

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Dichos de luz y amor

§ 65.

No te goces en las prosperidades temporales, pues no sabes de cierto que te aseguran la vida eterna.

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Epistolario

§ 16

Y miren que conserven el espíritu de pobreza y desprecio de todo, ­si no, sepan que caerán en mil necesidades espirituales y temporales­ queriéndose contentar con solo Dios.

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Grados de Perfecciòn

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    La Subida del Monte Carmelo

§ 0

Para haber de declarar y dar a entender esta noche oscura por la cual pasa el alma para llegar a la divina luz de la unión perfecta del amor de Dios, cual se puede en esta vida, era menester otra mayor luz de ciencia y experiencia que la mía; porque son tantas y tan profundas las tinieblas y trabajos, así espirituales como temporales, por que ordinariamente suelen pasar las dichosas almas para poder llegar a este alto estado de perfección, que ni basta ciencia humana para lo saber entender, ni experiencia para lo saber decir; porque sólo el que por ello pasa sabrá sentir, mas no decir.

§ 0

Ni aun mi principal intento es hablar con todos, sino con algunas personas de nuestra sagrada Religión de los primitivos del Monte Carmelo, así frailes como monjas, por habérmelo ellos pedido, a quien Dios hace merced de meter en la senda de este monte; los cuales, como ya están bien desnudos de las cosas temporales de este siglo, entenderán mejor la doctrina de la desnudez del espíritu.

§ 1.2.2

Y en esta purgación se ahuyenta el demonio, que tiene poder en el alma por asimiento a las cosas corporales y temporales.

§ 1.13.6

no a lo más fácil, sino a lo más dificultoso; no a lo más sabroso, sino a lo más desabrido; no a lo más gustoso, sino antes a lo que da menos gusto; no a lo que es descanso, sino a lo trabajoso; no a lo que es consuelo, sino antes al desconsuelo; no a lo más, sino a lo menos; no a lo más alto y precioso, sino a lo más bajo y despreciado; no a lo que es querer algo, sino a no querer nada; no andar buscando lo mejor de las cosas temporales, sino lo peor, y desear entrar en toda desnudez y vacío y pobreza por Cristo de todo cuanto hay en el mundo.

§ 2.7.2

Y también es de notar que primero dice que es angosta la puerta, para dar a entender que para entrar el alma por esta puerta de Cristo, que es el principio del camino, primero se ha de angostar y desnudar la voluntad en todas las cosas sensuales y temporales, amando a Dios sobre todas ellas; lo cual pertenece a la noche del sentido, que habemos dicho.

§ 2.11.11

Ha, pues, el espiritual de negar todas las aprehensiones con los deleites temporales que caen en los sentidos exteriores, si quiere cortar la primera cabeza y segunda a esta bestia, entrando en el primer aposento de amor, y segundo de viva fe, no queriendo hacer presa ni embarazarse con lo que se les da a los sentidos, por cuanto es lo que más deroga a la fe.

§ 2.13.1

Porque, aunque no sirven las aprehensiones de estas potencias para medio próximo de unión a los aprovechados, todavía sirven de medio remoto a los principiantes para disponer y habituar el espíritu a lo espiritual por el sentido y para de camino vaciar del sentido todas las otras formas e imágenes bajas, temporales y seculares y naturales.

§ 2.25.2

Porque las primeras no se pueden llamar en rigor revelaciones, porque aquéllas consisten en hacer Dios al alma verdades desnudas, no sólo acerca de las cosas temporales, sino también de las espirituales, mostrándoselas clara y manifiestamente.

§ 3.17.2

El gozo puede nacer de seis géneros de cosas o bienes, conviene a saber: temporales, naturales, sensuales, morales, sobrenaturales y espirituales, acerca de los cuales habemos de ir por su orden poniendo la voluntad en razón, para que no, embarazada con ellos, deje de poner la fuerza de su gozo en Dios.

§ 3.18

Que trata del gozo acerca de los bienes temporales.

§ 3.18.1

El primer género de bienes que dijimos son los temporales, y por bienes temporales entendemos aquí riquezas, estados, oficios y otras pretensiones, e hijos, parientes, casamientos, etc.; todas las cuales son cosas de que se puede gozar la voluntad.

§ 3.18.1

El primer género de bienes que dijimos son los temporales, y por bienes temporales entendemos aquí riquezas, estados, oficios y otras pretensiones, e hijos, parientes, casamientos, etc.; todas las cuales son cosas de que se puede gozar la voluntad.

§ 3.18.1

Que, aunque es verdad que los bienes temporales, de suyo, necesariamente no hacen pecar, pero porque ordinariamente con flaqueza de afición se ase el corazón del hombre a ellos y falta a Dios, lo cual es pecado, porque pecado es faltar a Dios, por eso dice el Sabio que no estarás libre de pecado.

§ 3.18.6

Lo cual, juntamente con lo que habemos dicho de los bienes temporales, nos enseña él (1 Cor. 7, 29­31) por estas palabras, diciendo: Esto es cierto lo que os digo, hermanos, que el tiempo es breve; lo que resta es que los que tienen mujeres sean como los que no las tienen; y los que lloran, como los que no lloran; y los que se gozan, como los que no se gozan; y los que compran, como los que no poseen; y los que usan de este mundo, como los que no le usan).

§ 3.19

De los daños que se le pueden seguir al alma de poner el gozo en los bienes temporales.

§ 3.19.1

Si los daños que al alma cercan por poner el afecto de la voluntad en los bienes temporales hubiésemos de decir, ni tinta ni papel bastaría, y el tiempo sería corto.

§ 3.19.4

No basta santidad y buen juicio que tenga el hombre para que no deje de caer en este daño, si da lugar a la concupiscencia o gozo de las cosas temporales; que por eso dijo Dios por Moisés (Ex. 23, 8), avisándonos, estas palabras: No recibas dones, que hasta los prudentes ciegan.

§ 3.19.5

Y así, este segundo grado es dilatación de la voluntad ya con más libertad en las cosas temporales; la cual consiste en no se le dar ya tanto ni penarse, ni tener ya en tanto el gozarse y gustar de los bienes criados.

§ 3.19.7

Estos son los que caen en mil maneras de pecados por amor de los bienes temporales, y son innumerables sus daños.

§ 3.19.8

A lo cual vienen del tercer grado que acabamos de decir, porque, de no hacer caso de poner su corazón en la ley de Dios por causa de los bienes temporales, viene el alejarse mucho de Dios el alma del avaro, según la memoria, entendimiento y voluntad, olvidándose de él como si no fuese su Dios; lo cual es porque ha hecho para sí dios del dinero y bienes temporales, como dice san Pablo (Col. 3, 5), diciendo que la avaricia es servidumbre de ídolos.

§ 3.19.8

A lo cual vienen del tercer grado que acabamos de decir, porque, de no hacer caso de poner su corazón en la ley de Dios por causa de los bienes temporales, viene el alejarse mucho de Dios el alma del avaro, según la memoria, entendimiento y voluntad, olvidándose de él como si no fuese su Dios; lo cual es porque ha hecho para sí dios del dinero y bienes temporales, como dice san Pablo (Col. 3, 5), diciendo que la avaricia es servidumbre de ídolos.

§ 3.19.9

De este cuarto grado son aquellos que no dudan de ordenar las cosas sobrenaturales a las temporales como a su dios, como lo debían hacer al contrario, ordenándolas a ellas a Dios, si le tuvieran por su Dios, como era razón.

§ 3.20

De los provechos que se siguen al alma en apartar el gozo de las cosas temporales.

§ 3.20.1

Ha, pues, el espiritual de mirar mucho que no se le comience a asir el corazón y el gozo a las cosas temporales, temiendo que de poco vendrá a mucho, creciendo de grado en grado, pues de lo poco se viene a lo mucho, y de pequeño principio, al fin es el negocio grande; como una centella basta para quemar un monte y todo el mundo.

§ 3.20.2

Pues no sólo se libra de los pestíferos daños que habemos dicho en el precedente capítulo, pero, demás de eso, en quitar el gozo de los bienes temporales adquiere virtud de liberalidad, que es una de las principales condiciones de Dios, la cual en ninguna manera se puede tener con codicia.

§ 3.22.2

El cuarto daño es general, porque se embota mucho la razón y el sentido del espíritu también como en el gozo de los bienes temporales, y aun en cierta manera mucho más; porque como los bienes naturales son más conjuntos al hombre que los temporales, con más eficacia y presteza hace el gozo de los tales impresión y huella en el sentido y más frecuentemente le embelesa.

§ 3.22.2

El cuarto daño es general, porque se embota mucho la razón y el sentido del espíritu también como en el gozo de los bienes temporales, y aun en cierta manera mucho más; porque como los bienes naturales son más conjuntos al hombre que los temporales, con más eficacia y presteza hace el gozo de los tales impresión y huella en el sentido y más frecuentemente le embelesa.

§ 3.23.5

Otro provecho general se le sigue, y es que, demás que se libra de los males y daños arriba dichos, se excusa también de vanidades sin cuento y de muchos otros daños, así espirituales como temporales, y mayormente de caer en la poca estima que son tenidos todos aquellos que son vistos gozarse o preciarse de las dichas partes naturales, suyas o ajenas.

§ 3.26

De los provechos que se siguen al alma en la negación del gozo acerca de las cosas sensibles, los cuales son espirituales y temporales.

§ 3.26.1

Admirables son los provechos que el alma saca de la negación de este gozo: de ellos, son espirituales, y de ellos, temporales.

§ 3.26.8

Y no quiero ahora referir aquí los demás provechos, así morales como temporales y también espirituales, que se siguen a esta noche de gozo; pues son todos los que en los demás quedan dichos, y con más eminente ser, por ser estos gozos que se niegan más conjuntos al natural, y por eso adquiere este tal más íntima pureza en la negación de ellos.

§ 3.27.4

Pero aunque en esta primera manera se deba gozar el cristiano sobre los bienes morales y buenas obras que temporalmente hace, por cuanto causan los bienes temporales que habemos dicho, no debe parar su gozo en esta primera manera, como habemos dicho de los gentiles, cuyos ojos del alma no trascendían más que lo de esta vida mortal, sino que -pues tiene lumbre de fe, en que espera vida eterna y que sin ésta todo lo de acá y de allá no le valdrá nada- sólo y principalmente debe gozarse en la posesión y ejercicio de estos bienes morales en la segunda manera, que es en cuanto, haciendo las obras por amor de Dios, le adquieren vida eterna.

§ 3.35.8

Y es lástima ver algunas personas espirituales tan asidas al modo y hechura de estos instrumentos, teniendo en ellos el asimiento y propiedad (igual) que en otras alhajas temporales.

§ 3.38.1

Paréceme que ya queda dado a entender cómo en estos accidentes de las imágenes puede tener el espiritual tanta imperfección, y por ventura más peligrosa, poniendo su gusto y gozo en ellas, componiendo como en las demás cosas corporales y temporales.

§ 3.44.4

Y en las demás ceremonias acerca del rezar y otras devociones, no quieran arrimar la voluntad a otras ceremonias y modos de oraciones de las que nos enseñó Cristo (Mt. 6, 9­13; Lc. 11, 1­2); que claro está que, cuando sus discípulos le rogaron que los enseñase a orar, les diría todo lo que hace al caso para que nos oyese el Padre Eterno, como el que tan bien conocía su condición y sólo les enseñó aquellas siete peticiones del Pater noster, en que se incluyen todas nuestras necesidades espirituales y temporales, y no les dijo otras muchas maneras de palabras y ceremonias, antes, en otra parte, les dijo que cuando oraban no quisiesen hablar mucho, porque bien sabía nuestro Padre celestial lo que nos convenía (Mt. 6, 7­8).

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Llama de Amor Viva A

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Llama de Amor Viva B

§ 0

Lo cual se entiende no soló de la renunciación de las cosas temporales según la voluntad, mas también del desapropio de las espirituales, en que se incluye la pobreza espiritual, en que pone el Hijo de Dios la bienaventuranza (Mt. 5, 3).

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Noche Oscura

§ 1.3.2

Y así con gran largueza dan cuanto tienen, y su gusto es saberse quedar sin ello por Dios y por la caridad del prójimo, no me da más que sean cosas espirituales que temporales; porque, como digo, sólo ponen los ojos en las veras de la perfección interior: dar a Dios gusto, y no a sí mismo en nada.

§ 2.8.1

De donde ni rezar ni asistir con advertencia a las cosas divinas puede, ni menos en las demás cosas y tratos temporales.

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Otras del mismo a lo divino

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Que va por super flumina



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